A nadie le gusta pagar a Hacienda más de lo absolutamente
necesario. Además el propio Gobierno promociona el ahorro
por medio de los seguros de vida-ahorro o de los planes de pensiones.
Por eso, si tenemos contratado alguno de estos dos medios, tenemos
que aprender a sacarle las mayores ventajas fiscales posibles:
Planes de pensiones:
Una de las ventajas que tiene es que, además de pagar menos
a Hacienda, es uno de los mejores sistemas para que guardemos y
rentabilicemos nuestro dinero para cuando nos llegue la jubilación.
Cuando ingresamos dinero en nuestro plan de pensiones nos van a
desgravar una cantidad de dinero. Pero esta cantidad variará
entre dos posibilidades que marca la ley, aunque, sólo valdrá
la que desgrave una cantidad menor.
Estas dos cantidades serán:
- O el 25% de todos nuestros rendimientos netos de trabajo y
actividades económicas que hayamos percibido en ese año
- O la cantidad de 1.200.000 Ptas. Si por ejemplo tenemos un sueldo
alto, tendremos que coger la cantidad de 1.200.000 Ptas., ya que
el 25% de nuestros rendimientos netos dará una cantidad
mayor. Por eso es importante que hagamos todas nuestras aportaciones
cuando se vaya a terminar el ejercicio económico para poder
saber que dinero nos es conveniente desgravar.
¿Cuándo cobramos nuestro dinero?
El fin de un plan de pensiones es que recibamos el dinero que hemos
ido aportando cuando nos llegue la hora de jubilarnos. Pero a veces,
y ante situaciones de emergencia, la propia ley prevé que
lo recibamos antes de tiempo, siempre que nos encontremos en alguna
de estas situaciones:
- Que nos quedemos inválidos.
- Que suframos una enfermedad grave.
- O que estemos desempleados durante largo tiempo.
¿Cómo va a tributar el dinero que recibimos del
plan de pensiones?
El dinero que recibimos de nuestro plan de pensiones, lo cobramos
como si fueran rendimientos de trabajo y lo podemos recibir de tres
formas distintas:
- En forma de capital: donde se nos deducirá un
40% de lo que hayamos percibido a la hora de hacer nuestra declaración
de la renta, pero siempre que ya hayan pasado dos años
desde que realizamos nuestra primera aportación.
- En forma de renta: Aquí no habrá ningún
tipo de reducción, ya que este dinero tributa como si fueran
rendimientos de trabajo.
- Forma mixta: Donde cobraremos una parte en forma de capital
y otra parte en forma de renta. Aquí sólo deduciremos
la parte que cobremos en forma de capital de la misma forma que
si sólo lo cobráramos de esta forma.
¿Quiénes aportan dinero a nuestro plan de pensiones?
Es obvio que quienes vamos a meter el dinero en nuestro plan de
pensiones vamos a ser nosotros, pero también pu
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